Reclamación de seguros de enfermedad y asistencia sanitaria


El riesgo que asume la entidad aseguradora en un seguro de enfermedad es el padecimiento por parte del asegurado de una enfermedad, de aquí nace la obligación de indemnizar al asegurado la cantidad pactada y fijada en la póliza en el supuesto de contraerla, y a la vez asumir costes de su tratamiento, como hospitalización, quirúrgicos, farmacéuticos, etc.



Le aconsejamos que antes de contratar este tipo de seguros analice bien los siguientes extremos:


  • Enfermedades que son objeto de la cobertura.
  • Periodo de carencia.
  • Cuestionario de salud: enfermedades que padece antes de contratar el seguro, pues si la enfermedad se deriva de una enfermedad conocida y no declarada el seguro no se hara cargo de la cobertura contratada.




El seguro de asistencia sanitaria es aquel contrato que nace mediante la obligación por parte del asegurador, mediante el cobro de la correspondiente prima, de asumir en caso de enfermedad del asegurado la prestación de unos servicios médicos, dentro de unos límites cuantitativos y cualitativos establecidos en una póliza.


Si usted tiene contratado un seguro de enfermedad o de asistencia sanitaria y su compañía aseguradora rehúsa a hacerse cargo de cumplir lo contratado, contacte con nuestro despacho.


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